T&C Actividades Especiales - Reto Futbolero

¡Queremos que crezcas con nosotros! Los presentes términos y condiciones (“T&C”) regulan la Actividad que vamos a realizar con el fin de impulsar los beneficios de esta Alianza entre Addi y nuestros Aliados. Estos T&C serán vinculantes para todos los que se inscriban en esta actividad. La idea de esta actividad es que participen los Asesores Comerciales en tiendas físicas o tiendas online, las cuales puedes consultar aquí, para que acumulen puntos cada vez que sus clientes realicen compras pagando con Addi, y puedan participar de nuestra Actividad.

  1. Definiciones: 

  1. Actividad: Es el reto promocional denominado “Reto Futbolero”, que se llevará a cabo desde las 00:00 horas del 22 de abril de 2026 hasta las 23:59 horas (hora colombiana) del 13 de mayo de 2026.  El listado de los aliados que pueden participar en esta actividad puede ser consultado aquí, según los términos que se señalan a continuación. 

  1. Addi: Adelante Soluciones Financieras S.A.S., sociedad constituida y existente de conformidad con las leyes de Colombia, identificada con el N.I.T. 901216768 - 4, domiciliada en Bogotá D.C. 

  1. Asesor Comercial: Persona natural que presta sus servicios de vendedor al Aliado en sus tiendas físicas en cualquier calidad, sea como empleado, asesor, agente, etc. Esta persona no tiene ningún vínculo laboral o contractual con Addi.

  1. Aliado: Persona natural o jurídica, que ofrece y comercializa bienes y/o servicios a través de sus tiendas (físicas o virtuales) y que ha celebrado un contrato de Alianza con Addi, que podrá participar en esta Actividad. Para que los Asesores Comerciales puedan participar en la Actividad, el Aliado debe encontrarse dentro de este listado.

  1. Alianza: Acuerdo celebrado entre Addi y el Aliado con el fin de que Addi pueda ofrecer sus métodos de pago a los Clientes que quieran adquirir productos o servicios en las tiendas del Aliado y que se rige por lo dispuesto en los términos y condiciones de la alianza. 

  1. Crédito Addi: Son los créditos que otorga Addi a los Clientes para que puedan adquirir los productos o servicios del Aliado.

  1. Incentivo: Bienes y/o servicios que recibirá el Participante en virtud de la Actividad, de acuerdo con los términos de la Actividad.

  1. Participantes: Asesores Comerciales que se registren para participar en esta Actividad.

  1. Plataforma Comunidad Addi: Significa https://comunidad.addi.com/ o cualquier otra página web que, de tiempo en tiempo, adquiera la naturaleza de “Aplicación” (según este término se define en los términos y condiciones vigentes de la Plataforma Comunidad Addi, los cuales pueden consultarse en: https://comunidad.addi.com/1-terminos). 

  1. Dinámica: 

¿En qué consiste esta Actividad?

Los Asesores Comerciales que (i) se inscriban en la Actividad y (ii) realicen veinte (20) ventas efectivas o más, utilizando Addi como método de pago durante la vigencia de la Actividad, podrán participar para ser beneficiarios del Incentivo. Aquellos Asesores Comerciales que no alcancen el umbral mínimo de veinte (20) ventas efectivas no serán considerados para la selección del beneficiario.  Para efectos de estos T&C, por “venta efectiva” se entiende aquella en la que se complete la originación del crédito. 

¿Cómo se selecciona al beneficiario?

Se seleccionará como beneficiario al Asesor Comercial que haya realizado la venta efectiva (originación) número 40.000, dentro del consolidado general de ventas válidas para esta Actividad.

Para efectos de esta selección, una vez finalizada la vigencia de la Actividad, se consolidarán en un único listado todas las ventas realizadas por los Asesores Comerciales que se inscribieron en la Actividad y que realizaron veinte (20) ventas efectivas o más, según el orden cronológico de dichas transacciones. Posteriormente, se identificará la venta número 40.000 y el Asesor Comercial que haya realizado dicha venta será el beneficiario del Incentivo.  

¿Qué Incentivo vas a recibir por participar en la Actividad? 

El Participante que cumpla con los requisitos establecidos en estos T&C y realice la originación número 40.000 será seleccionado como beneficiario de esta Actividad y recibirá un Incentivo, que corresponde a un viaje para dos (2) personas al país que resulte campeón del Mundial 2026. 

El Incentivo incluye lo siguiente:

  • Dos (2) tiquetes aéreos de ida y regreso en clase económica desde Bogotá D.C., Colombia, al país que resulte campeón del Mundial 2026. Cada tiquete incluye una (1) maleta de mano de 10 kilos y una (1) maleta de bodega de 23 kg. Los itinerarios y aerolíneas serán definidos por Addi.

  • Alojamiento en un hotel de categoría 3 estrellas para dos (2) personas en el país que resulte campeón del Mundial 2026, por 4 noches, 5 días. El hotel será definido por Addi.  

  • Alimentación completa para dos (2) personas (desayuno, almuerzo y cena)  durante las 4 noches y 5 días de estancia en el país que resulte campeón del Mundial 2026. Addi definirá, a su entera discreción, la modalidad de este beneficio, la cual podrá ser: ( i) Alimentación incluida mediante un menú fijo o buffet en los horarios y lugares designados por el proveedor logístico de Addi; o (ii) Entrega de una tarjeta internacional con un monto de hasta $20 USD por comida por persona (o un valor máximo total de $600 USD por el viaje), para que el beneficiario gestione de forma autónoma su alimentación. La modalidad seleccionada será comunicada al beneficiario antes del inicio del viaje. 

  • Seguro médico internacional durante el tiempo de estadía de 4 noches, 5 días, en el país que resulte campeón del Mundial 2026, para dos (2) personas. 

  • Addi cubrirá únicamente  los costos del viaje anteriormente descritos. Cualquier costo adicional deberá ser asumido por el beneficiario.

¿Qué NO incluye el Incentivo?

Cualquier gasto, servicio o concepto que no haya sido detallado de manera expresa en la sección “¿Qué Incentivo vas a recibir por participar en la Actividad?” será asumido exclusivamente por el beneficiario y su acompañante. En consecuencia, Addi no asumirá costos por: 

  • Traslados Nacionales y Conexiones: Cualquier transporte (terrestre o aéreo) desde la ciudad de residencia del beneficiario y su acompañante hacia Bogotá D.C., así como el trayecto de regreso desde Bogotá D.C. hacia su lugar de origen. El viaje internacional inicia y termina exclusivamente en la ciudad de Bogotá D.C. 

  • Documentación y Requisitos Migratorios: Costos de expedición o renovación de pasaportes, tramitación de visas, permisos especiales de ingreso o salida, certificados de vacunación, pruebas médicas (ej. COVID-19 o similares) o cualquier otro documento legal requerido por autoridades migratorias para salir de Colombia o ingresar al destino.

  • Gastos Personales y Servicios de Hotel: Compras de souvenirs, servicios de lavandería, consumo de minibar, llamadas telefónicas, acceso a internet (si tiene costo), servicio a la habitación (room service), propinas no estipuladas y cualquier otra erogación de carácter personal. 

  • Excedentes en Alimentación y Bebidas: Cualquier consumo de alimentos o bebidas (incluyendo bebidas alcohólicas) que no esté contemplado en la alimentación completa para dos (2) personas, según lo establecido en la sección “¿Qué Incentivo vas a recibir por participar en la Actividad?”.

  • Actividades Adicionales: Entradas a museos, excursiones, tours opcionales, eventos deportivos o cualquier actividad recreativa.

  • Seguros Específicos y Salud: Gastos médicos que excedan la cobertura del seguro médico internacional, según lo establecido en la sección “¿Qué recibirás al ser beneficiario de la Actividad?”.

  • Cargos Aeroportuarios y de Equipaje: Costos por exceso de equipaje, tasas de salida, impuestos aeroportuarios adicionales o cualquier sobrecosto derivado de las políticas internas de las aerolíneas operadoras.

  • Modificaciones de Viaje: Cualquier penalidad, diferencia tarifaria o costo asociado a la reemisión de tiquetes, cambios de fecha o modificaciones en el itinerario que sean solicitados por el beneficiario una vez emitidos los documentos de viaje. 

  • Costos de Terceros: Todo gasto o servicio relacionado con personas distintas al beneficiario y su acompañante debidamente identificados y registrados al inicio de la campaña, quienes son los únicos beneficiarios autorizados.

  • Impuestos y Tasas Adicionales: Cualquier impuesto aeroportuario, tasa turística local o contribución gubernamental que deba pagarse directamente en el destino o que no esté incluida en los tiquetes aéreos.

  • En general, cualquier otro gasto, tasa o servicio que no se encuentre expresamente incluido y descrito como parte del Incentivo, en los presentes T&C.

Condiciones del Incentivo

Para la efectividad del Incentivo, el beneficiario y su acompañante deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Es responsabilidad exclusiva del beneficiario y su acompañante contar con pasaporte vigente (con validez mínima de seis meses desde la fecha de viaje) y las visas, permisos y/o trámites requeridos por Colombia y por el país de destino. Addi no gestionará ni asumirá los costos asociados a la obtención de pasaportes, visas o cualquier otro trámite migratorio. Addi no asumirá responsabilidad alguna, ni otorgará compensación alguna, en caso de que el viaje no pueda realizarse debido al incumplimiento de requisitos migratorios, sanitarios o de documentación. 

  • El beneficiario podrá designar a un (1) acompañante, quien deberá ser obligatoriamente mayor de edad tanto en Colombia como en el país de destino, al momento de la salida del vuelo correspondiente. El beneficiario podrá cambiar de acompañante por una única vez, siempre que lo notifique a Addi con un mínimo de quince (15) días calendario de antelación a la fecha de viaje acordada y sujeto a que el cambio sea operativamente viable con el proveedor logístico. No obstante, si al momento de la solicitud de cambio los tiquetes aéreos ya hubieren sido emitidos, el beneficiario deberá asumir la totalidad de los costos adicionales, penalidades por cambio de nombre o, en caso de que la aerolínea no lo permita, el valor total de la compra de un nuevo boleto para el nuevo acompañante. Si el acompañante originalmente designado no puede viajar y el beneficiario no notifica un reemplazo dentro del plazo indicado o no asume los costos de modificación y emisión antes descritos, los servicios asociados a la segunda persona (tiquetes, alojamiento, alimentación, seguro médico, entre otros) se considerarán no utilizados, sin lugar a compensación, reembolso o reprogramación.

  • Si por razones logísticas, legales, migratorias, de seguridad, de orden público o cualquier otra circunstancia de fuerza mayor o ajena a la voluntad de Addi, no fuera posible realizar el viaje al país que resulte campeón del Mundial 2026, el Incentivo se reasignará automáticamente a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, manteniendo las mismas condiciones de duración y beneficios. 

  • El Incentivo tiene un valor máximo total de USD $15,000 liquidados a la fecha del viaje, el cual cubrirá la totalidad del paquete para las dos personas. Este monto es el límite absoluto que Addi asumirá por la Actividad y no podrá ser excedido bajo ningún concepto.

  • Addi podrá contratar a uno o más terceros especializados para la organización, coordinación, reserva y ejecución de todos los servicios comprendidos en el Incentivo (tiquetes, alojamiento, seguros, etc.). En ese caso, el beneficiario y su acompañante aceptan que la gestión del viaje estará sujeta a los términos, condiciones, políticas de cancelación y cronogramas del proveedor logístico designado. Addi no será responsable por deficiencias en la prestación de los servicios del proveedor logístico, actuando únicamente como el patrocinador de la Actividad.

  • El Incentivo debe ser redimido y el viaje realizado antes del 31 de diciembre de 2026. Se podrán elegir fechas de viaje libremente, con excepción del periodo comprendido entre el 24 y el 31 de diciembre de 2026. Las fechas definitivas serán acordadas entre Addi y el beneficiario, quedando sujetas estrictamente a la disponibilidad operativa del proveedor logístico de Addi y a la temporada. Addi realizará sus mejores esfuerzos para coordinar fechas convenientes para el beneficiario, pero no garantiza la disponibilidad en dichas fechas. En todo momento prevalecerá la oferta de fechas de Addi. Si el beneficiario no redime el beneficio antes del 31 de diciembre de 2026, el beneficio quedará extinto de pleno derecho, sin derecho a compensación económica, reembolso o extensión alguna a favor del beneficiario.

  • El incentivo es personal e intransferible, y bajo ninguna circunstancia será reembolsable o canjeable por dinero en efectivo u otros bienes. En caso de fallecimiento o incapacidad permanente del beneficiario con posterioridad a la notificación de su condición de ganador y antes de la realización del viaje, el Incentivo quedará extinto de pleno derecho. No habrá lugar a la transferencia del Incentivo a herederos, causahabientes, familiares o terceros, ni a compensación económica alguna por el valor del Incentivo no disfrutado.

  • Si el beneficiario desea viajar con más personas (adicionales al acompañante incluido), deberá gestionar y pagar todos los costos excedentes de forma independiente.

  • Addi no asumirá responsabilidad alguna por condiciones de salud preexistentes, restricciones médicas, diagnósticos sobrevenidos o cualquier situación constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor que impida al beneficiario o a su acompañante realizar el viaje en las fechas programadas. Así mismo, en el evento en que el proveedor logístico de Addi o la compañía aseguradora determine que el beneficiario o sus acompañante no son elegibles para realizar el viaje por razones de salud o condiciones médicas, se entenderá extinguido el beneficio de pleno derecho. En tales eventos, la imposibilidad de disfrute del beneficio no otorgará derecho a reclamación, compensación económica, canje por dinero en efectivo ni transferencia del beneficio a favor de terceros.

  • El premio será entregado única y exclusivamente al Asesor Comercial registrado en la Plataforma Comunidad Addi. Addi realizará una verificación exhaustiva de los datos registrados (nombre completo, cédula, número celular y correo electrónico). En caso de detectarse inconsistencias, discrepancias en la información o perfiles falsos, Addi se reserva el derecho de anular la entrega del incentivo.

  • Debido a que el ingreso al país de destino es una decisión de las autoridades migratorias locales, en el evento en que se niegue la entrada al beneficiario o a su acompañante por cualquier motivo, se entenderá que Addi ha cumplido a cabalidad con la entrega del Incentivo y su obligación se dará por ejecutada. Por lo tanto, la responsabilidad de Addi se limitará única y exclusivamente a cubrir el costo de los tiquetes de retorno hacia la ciudad de Bogotá D.C. según la disponibilidad inmediata de la aerolínea, sin que exista lugar a reembolsos, reprogramaciones ni compensaciones de ningún tipo por los servicios no disfrutados (tales como alojamiento, alimentación o tours).

  • Addi se reserva el derecho de auditar las ventas que dieron lugar a la selección del beneficiario. Si se detecta fraude o cualquier conducta contraria a la Alianza, el Incentivo será revocado de inmediato sin derecho a reclamación.

¿Cuánto tiempo dura esta Actividad?

Desde las 00:00 horas del 20 de abril de 2026 hasta las 23:59 horas (hora colombiana) del 31 de mayo de 2026.

¿Quiénes pueden participar?

Todos los Asesores Comerciales de las marcas aliadas seleccionadas y descritas en este listado y que se inscriban a la Actividad, aceptando estos T&C. 

El Incentivo será entregado exclusivamente al Participante. En ningún caso el Aliado, la tienda o el establecimiento comercial podrá reclamar el Incentivo.

¿Cómo es el proceso de inscripción?

Es obligatorio que cada Asesor Comercial  realice su inscripción individual en AddiExperto por una única vez a través de la Plataforma Comunidad Addi (https://comunidad.addi.com/).

Adicionalmente, el Asesor Comercial deberá inscribirse en el reto correspondiente para empezar a participar en la Actividad, a través del siguiente enlace: https://comunidad.addi.com/retos/252-reto-futbolero 

Fecha límite para inscribirse: hasta el 31 de mayo de 2026 a las 11:59 p.m. hora de Colombia.

¿Cuándo recibiré los incentivos?

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la determinación del beneficiario, Addi enviará una notificación por correo electrónico, informando al Participante sobre su condición de beneficiario e indicando los pasos a seguir. Se llevarán a cabo un máximo de dos (2) intentos de contacto en total: uno (1) vía correo electrónico y uno (1) mediante llamada telefónica; al correo electrónico y número telefónico registrados por el Asesor Comercial en la Plataforma Comunidad Addi. 

El beneficiario tendrá un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del primer intento de contacto, para responder confirmando la aceptación del Incentivo y sus condiciones, proporcionando la información solicitada por Addi (documentos de identidad, datos del acompañante, etc.).

Si el beneficiario no responde en el plazo estipulado o rechaza el Incentivo, perderá su derecho al mismo. En tal caso, Addi contactará al primer suplente de la lista, quien tendrá el mismo plazo de tres (3) días hábiles para responder, y así sucesivamente hasta asignar el Incentivo. Los suplentes serán los Asesores Comerciales que ocupen las posiciones inmediatamente anteriores a la originación ganadora dentro del mismo listado cronológico global. Así, el primer suplente será la originación número 39.999, el segundo suplente la número 39.998, y así sucesivamente.

En el evento en que, al finalizar la vigencia de la Actividad, el consolidado general de ventas válidas sea inferior a 40.000 originaciones, el Incentivo se adjudicará al Asesor Comercial responsable de la última venta efectiva registrada más cercana a la venta número 40.000.

¿A qué Canales de Atención tengo acceso durante la ejecución de la Actividad?

Si tienes alguna duda respecto de las condiciones de esta actividad, te invitamos a formularlas a través del siguiente correo electrónico: [email protected].   

CONDICIONES GENERALES

  1. Condiciones adicionales de esta Actividad:

  1. Si la Actividad implica la obtención de puntos, la naturaleza de los mismos será la siguiente:

  1. Si la Actividad incluye la obtención de puntos previo cumplimiento de ciertas condiciones y estos puntos puedan ser redimidos, debes participar con tu usuario Addi. 

  1. Los puntos obtenidos no tendrán ninguna finalidad distinta a la otorgada mediante esta Actividad y no serán acumulables con ninguna otra actividad o programa de incentivos organizado por Addi.

  1. Los puntos que se acumulen durante esta Actividad no podrán ser cedidos ni transferidos a otro Participante.

  1. Los puntos obtenidos no generan ninguna obligación de ningún tipo a cargo de Addi ni podrán ser canjeados por dinero en efectivo o cualquier otro incentivo diferente al establecido en los presentes T&C.

  1. Los puntos acumulados por el Participante no tienen ningún valor en pesos ni en ninguna otra moneda o divisa.

  1. Incentivo que los Participantes reciben en desarrollo de la Actividad:

  1. Addi podrá añadir, suprimir o modificar los Incentivos que entregue a los Participantes en desarrollo la Actividad sin necesidad de previa notificación a los Participantes.

  1. Addi no se hace responsable por la garantía ni calidad de los Incentivos. El responsable por esto será el fabricante, comercializador o distribuidor de cada uno de los Incentivos.

  1. Addi escogerá los Incentivos a su entera discreción.

  1. Si el Incentivo correspondiente requiere envío a domicilio, armado u otros similares, el Participante deberá asumir, por su cuenta, los costos asociados a ello.

  1. El Participante y el Aliado reconocen que esta Actividad es desarrollada por Addi de manera discrecional y los Incentivos son entregados por Addi por mera liberalidad, por lo que Addi tiene plena libertad de mantener, modificar, suspender o terminar esta Actividad en cualquier momento y de manera unilateral y, por tanto, esta Actividad no genera ningún derecho adquirido a favor del Participante, ni a favor del Aliado, ni da lugar a una obligación exigible a Addi por parte del Aliado o Participante. 

  1. Restricciones generales para la participación en la Actividad:

  1. Sólo podrán participar los Asesores Comerciales que se desempeñen como tal para los Aliados.  

  1. Esta Actividad no está abierta al público en general.

  1. En esta Actividad solo podrán participar mayores de edad.

  1. En esta Actividad no podrán participar los empleados de Addi, sus cónyuges o compañeros permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado (inclusive) de consanguinidad, segundo de afinidad (inclusive) y único civil. 

  1. Si se evidencia que algún Participante o Aliado está ejecutando una mala práctica, será descalificado inmediatamente y no tendrá derecho a recibir ningún premio. Es interés de todos cuidar y proteger nuestra herramienta comercial. 

  1. En caso de que Addi detecte que el Participante o Aliado ha incurrido en actividades fraudulentas para cumplir con las metas para cada una de las Actividades, además de ser descalificado de esta Actividad, Addi tomará las acciones legales pertinentes, e impondrá las sanciones contractuales a las que haya lugar.

  1. Naturaleza jurídica de la relación:

  1. Participar en esta Actividad no convierte al Participante ni al Aliado para el cual trabaja, ni al Aliado, en empleado, asesor, agente, representante ni mandatario de Addi. El Aliado continuará desarrollando su actividad comercial de manera autónoma e independiente y bajo su cuenta y riesgo, seguirá siendo el único empleador o contratante del Participante y el único responsable de pagar sus obligaciones laborales, de seguridad social y parafiscales.

  1. La participación de los Participantes en esta Actividad no se entenderá como el desarrollo de una gestión de mercadeo, promoción, posicionamiento y/o venta de la marca y/o productos y/o servicios de Addi, por lo que el Aliado correspondiente deberá asegurarse de no realizar ninguna actividad cuyo objeto o efecto sea informar al público en general y/o al Participante, de que se trata de una actividad de promoción, mercadeo, posicionamiento o venta de la marca de Addi o de sus productos y/o servicios. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la exclusión del Aliado y del Participante de esta Actividad y a la imposición de las demás sanciones pertinentes.

  1. Declaraciones del Participante y del Aliado: 

Al aceptar los T&C de la presente Actividad el Participante y el Aliado declaran que: 

  1. Están de acuerdo con todas las condiciones contenidas en los presentes T&C y que las mismas entrarán en vigor inmediatamente después de haber aceptado los mismos; 

  1. Indemnizarán al Addi por los perjuicios resultantes de la inexactitud de la información entregada para el desarrollo de la Actividad o de la violación por parte del Participante de los mismos.

  1. Los Participantes autorizan a Addi para recolectar, almacenar, administrar, procesar, exhibir, comunicar públicamente, transferir, transmitir y, en general, utilizar (el “Tratamiento”) sus datos de contacto (teléfono, correo electrónico, dirección, etc.), de identificación (cédula, nombre, etc.), profesionales (cargo, educación, experiencia, etc.), conforme a la Política de Privacidad de Addi disponible en https://co.addi.com/pp. 

  1. Los Participantes han sido informados de sus derechos sobre sus Datos Personales a conocer, actualizar, rectificar, solicitar su supresión y/o revocar la autorización aquí otorgada, entre otros, los cuales podré ejercer a través de la dirección de correo electrónico [email protected].

  1. El Participante y el Aliado declaran que la posibilidad de acceder a las Actividades organizadas por Addi no genera ni podrá ser usada como indicio de una relación laboral entre Addi y los vendedores, colaboradores y trabajadores del Aliado y que los Bienes en Especie que sean entregados por Addi previo cumplimiento de las condiciones dispuestas para ello en estos T&Cs, se entregan en virtud y en desarrollo de la Alianza que hay entre Addi y el Aliado, en particular, en virtud de las actividades bajo la Alianza.

  1. En caso de ser aplicable, el Participante será el único y exclusivo responsable por el pago de cualquier impuesto, tasa, contribución o retención en la fuente que se genere por la recepción del Incentivo en el marco de esta Actividad. Addi realizará las retenciones de ley aplicables al momento de la entrega del Incentivo, si a ello hubiere lugar de acuerdo con la normatividad vigente.